Legislación sobre consumo

La la Ley 26/84, de 19 de julio, General para la defensa de consumidores y usuarios (B.O.E. núm. 176, de 24 de julio), es la norma básica sobre la que se asientan los criterios para la protección del consumidor y usuario.

Los principales derechos establecidos en esta ley son los siguientes:


Derecho a la protección de la salud y seguridad (artículo 3).

 
Los productos, actividades o servicios que se ponen a disposición de los consumidores y usuarios, no deben suponer riesgo alguno para la salud o seguridad del consumidor salvo los usual y reglamentariamente admitidos en condiciones normales de utilización. 
Derecho a la protección de intereses económicos y sociales (artículo 8) 
La oferta, promoción y publicidad de los productos, actividades o servicios, deberá ajustarse a la naturaleza, características, condiciones, utilidad o finalidad" de estos productos o servicios, tipificando como fraude la oferta, promoción y publicidad de productos o servicios que sea falsa o engañosa.

 
Derecho a una información correcta (artículo 13)

 
Se garantiza una información veraz, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los productos o servicios puestos a disposición del consumidor y usuario.

 
Educación y formación en materia de Consumo (artículo 18)

 
Se determinana los objetivos que debe de perseguir la educación y formación de los consumidores y usuarios.

 
Derecho a la representación, consulta y participación (artículo 20).

 
Se establece que las Asociaciones de Consumidores y Usuarios se constituirán con arreglo a la Ley 191/64, de 24 de diciembre, de Asociaciones (B.O.E. núm., de 28 de diciembre) y que tendrán como finalidad la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, bien sea con carácter general, bien sea en relación con productos o servicios determinados.

Las Asociaciones de consumidores y usuarios deberán ser oídas, en consulta, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general relativas a las materias que afecten a los consumidores y usuarios.

 
Derecho a la protección en situaciones de inferioridad (artículo 23).

 
Los poderes públicos y, concretamente los órganos y servicios de las Administraciones públicas competentes en materia de consumo, adoptarán o promoverán las medidas adecuadas para suplir o equilibrar las situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión en que pueda encontrarse, individual o colectivamente, el consumidor o usuario.

 
Derecho a la indemnización o reparación de los daños o perjuicios sufridos (Capítulo VIII).

 
La responsabilidad civil por daños y perjuicios demostrados que el consumo de bienes o la utilización de productos o servicios irroguen, se desarrolla en el Capítulo VIII.
 

Legislación específica

La legislación específica en materia de protección del consumidor es ámplia.

A constinuación ofrecemos algunas de las leyes más relevantes para que puedan ser consultados por los interesados.

Si se desea información sobre alguna materia concreta, se puede obtener información a través de la página web del Instituto Nacional de Consumo.


LEY 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios.  
REAL DECRETO 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos. 
LEY 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo. 
REAL DECRETO 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios. 
Ley 22/1994, de 6 de julio, de responsabilidad civil, por los dañoscausados por productos defectuosos. 
REAL DECRETO 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia. 
REAL DECRETO 1334/1999, de 31 de julio,por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. 
REAL DECRETO 226/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1164/2005, de 30 de septiembre, por el que se suspende temporalmente la aplicación de una parte del anexo V de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.  
LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. 
LEY 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia decontratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias

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